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•IVANA SPADALETTI – Cel: +54 9 2664 22-3369 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
•MARINA RIZZOTTO – Cel: +54 9 2665 00-2770 y
•MARIA ELENA TAMAYO – Cel: +54 9 2664 56-3103
Ambas del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Luis.
•MIRTA CELI – Cel: +54 9 2664 61-3349 de Fundación Super Arte
NORMAS QUE RIGEN LA SUBASTA DE OBRAS DE ARTE
1.- El Subastador, actúa como mediador entre el Artista/Vendedor de cada obra y los posibles compradores.
2.- Información General. Las informaciones generales que figuran en el o los catálogos y anuncios públicos son responsabilidad estricta del Propietario/Vendedor.
3.- Exposición. Los objetos u obras de arte que han de subastarse, serán expuestas, en el Salón Auditorio de Caja de los Trebejos en el marco y horarios de aperturas del 5° Salón Arte San Luis (desde el 26/03/26 al 12/04/26) y en Catálogo virtual.
4.- Estado de las obras. Las obras se subastarán en el estado en que se encuentren. La exposición de las obras tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudio de los mismos.
5.- Organización. El Subastador se reserva el derecho de organizar las obras, cambiarlas o subdividirlas en lotes de conformidad a su prudente y experto criterio; podrá, asimismo, cambiar dos o más lotes, retirarlos por causa justificada y, en caso de desacuerdo entre dos o más compradores sobre la cantidad que ha constituido la puja más alta, ponerlos de nuevo en subasta.
6.- Admisión de Objetos. El Subastador establecerá de acuerdo con el arista/Vendedor un precio inicial idóneo de salida.
7.- Usos y Normas. En su carácter de mediador, el Subastador se dedicará a llevar a cabo la subasta de los objetos u obras de arte que se le encomienden a tal fin.
8.- El Subastador de Arte, como es costumbre internacional, actuará sólo como intermediario, no siendo responsable de la exactitud de las afirmaciones acerca del autor, origen, fecha, antigüedad, procedencia y estado de la obra, aunque se da fe de que su estudio es de lo más veraz y técnico.
9.- Cifra de salida. Esta constituirá el precio mínimo de venta, y por lo tanto el precio de inicio de las ofertas.
10.- Adjudicación e Incremento Mínimo. En el acto de aceptación del valor se entregará una Carta de Compromiso / Certificado de Autenticidad para el Comprador. El Subastador tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepase la precedente en una cuantía significativa, en cada caso aplicable.
11.- Propiedad Intelectual. Los derechos de autor, se respetarán con arreglo a la ley de Propiedad intelectual.
12.- Sumisión y Ley Aplicable. En caso de que surgieran discrepancias entre las partes e someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la provincia de San Luis
13.- Gastos de Transporte. Los gastos de transporte serán a cargo del cliente Comprador.
14.- Tasaciones de otros expertos. En los casos en que el artista/Vendedor o el Comprador realicen gestiones solicitando certificaciones de otros expertos diferentes al Subastador, los gastos que se devenguen correrán por cuenta del contratante.
Entre las partes de la transacción se estipulan estas normas, y se adjunta a la Carta de Compromiso, que será entregada a cada comprador, una vez adjudicada la obra por la cual haya pujado.